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Ya sé que en la comunidad inversora, hablar de renta fija suele ser mentar a la bicha, y en gran medida debido a las preferentes el mercado de renta fija Español es un desierto, ya que las entidades no quieren problemas y prefieren emitir para nominales de 100.000€ y que coticen en otros mercados.
Al final, la gente acabará invirtiendo de forma indirecta vía fondos/planes de pensiones, pero bueno, ojos que no ven....
Os traigo una emisión cuyo plazo de suscripción finaliza el próximo viernes 4 a las 14.00, cada año van renovando, y a tipos mejores para ellos, el año pasado no suscribí la emisión que rentaba bastante más que esta, por los comentarios negativos del emisor.
El mayor atractivo de las emisiones de autopistas seguramente es la bonificación fiscal que multiplica su rentabilidad neta, en este caso hablamos de un 4, 8%, y tienen bastante liquidez en el mercado secundario send.
Características de la emisión Emisor: Audasa
Importe total: 63.451.000 euros Valor nominal unitario: 500 € Desembolso: 14/12/15 Vencimiento: 14/12/25 Plazo: 10 años Interés Nominal: 3, 75% anual bruto. Abono de cupón: Los cupones se pagarán anualmente, por años vencidos el día 14 de diciembre de cada año, durante la vida de la emisión, siendo el pago del último cupón el 14 de diciembre de 2025, coincidiendo con la fecha de amortización. Rentabilidad Financiera / Fiscal: La TAE coincide con el interés nominal.
Más detalles en el folleto. Dónde suscribir
Bonificación Fiscal
La emisión goza de una bonificación del 95% sobre las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de forma que los intereses brutos serán objeto de una retención en la fuente del 1, 20%, pero los obligacionistas sujetos con carácter general al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas podrán deducir de la cuota correspondiente a dicho impuesto hasta el 24% de los intereses brutos satisfechos, con el límite de dicha cuota. Los obligacionistas sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades no soportarán retención a cuenta en el momento de la percepción de los rendimientos y podrán deducir de la cuota correspondiente a dicho impuesto el 22, 8% de los intereses brutos satisfechos con el límite de dicha cuota.
Rentabilidad equivalente Personas físicas
LA T.A.E Equivalente considerando la bonificación fiscales en las retenciones del IRPF es:
Es decir, para tener un la rentabilidad neta obtenida en estas emisiones, necesitaríamos un producto que prácticamente nos remunere al 5% anual. Complicado.
Vemos que todas las emisiones cotizan muy sobre la par, de hecho la del año pasado tardó poco en situarse bastante por encima del 100, en un par de meses cotizaba a 104.
Prorrateo
A) Las solicitudes de suscripción que no excedan individualmente de 6.000 euros efectivos se atenderán íntegramente, salvo en el supuesto a que se hace referencia en el apartado d) siguiente.
B) Las solicitudes de suscripción que excedan individualmente de 6.000 euros efectivos se considerarán, a efectos de prorrateo, iguales a 6.000 euros efectivos.
C) Si la suma de los importes de las solicitudes de suscripción a que hacen referencia los apartados a) y b) anteriores no cubriese el total de la emisión, la diferencia se prorrateará proporcionalmente entre los importes iniciales de las solicitudes de suscripción a que se hace referencia en el apartado b), (descontando los primeros 6.000 euros ya asignados), adjudicándoles los importes que resulten, además de los primeros 6.000 euros efectivos, siempre respetando el máximo de la solicitud presentada.
D) Si la suma de los importes de las solicitudes de suscripción a que hacen referencia los apartados a) y b) excediese del total de la emisión, expresado en euros, se dividirá el importe total de la emisión por dicha suma y el porcentaje que resulte se aplicará a cada una de las solicitudes de suscripción formuladas, excepto a las superiores a 6.000 euros, que habrán sido reducidas a 6.000 euros efectivos.
Conclusión
Es de lo poco interesante que hemos visto en los últimos meses en la renta fija, si bien, no está exente de riesgo, como cualquier colocación privada.
Como opción de diversificación a largo plazo es una alternativa a considerar, teniendo claro, que si los tipos de interés suben lo normal sería que en el secundaría baje algo, pero a un 5% neto será difícil de alcanzar en otras emisiones salvo preferentes (sí, aún hay preferentes en el mercado, y bastante demandadas por cierto).
En todo caso, hay que estar dispuesto a llegar a vencimiento cobrando los cupones si hay subidas de tipos, porque al contrario que los fondos de renta fija, aquí si nos esperamos a vencimiento el único riesgo de pérdida que tenemos es el de impago (que no es poco), por otro lado, pero salvo que haya un problema tipo eroski, o abengoa, la variación en el secundario es mucho menor que los de la renta variable.
¿Qué opináis vosotros?