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Sr. Presidente Rajoy: ni la manifestación de un presunto delincuente puede ser la que determine la existencia de un delito, ni para el ejercicio de la autoridad puede bastar con mostrar el arma, sin intención de dispararla
El mundo al revés y una oportunidad para los delincuentes. El Gobierno se empeña en sentar la doctrina de que para actuar frente al delito, lo determinante sea la respuesta del delincuente. ¿Asesinó, violó, maltrató... usted a Fulanita el pasado día 10 de Octubre? No, no lo hice. Ah, bueno pues nada puede usted seguir, no pasa nada. La situación no puede ser más antijurídica y extravagante.
Ya señalé que el 10 de Octubre Puigdemont declaró la independencia aunque ello correspondía al Parlamento de Cataluña. Lo hizo y propuso a continuación que el Parlamento suspendiera la misma, algo que no ha ocurrido, por lo que sigue vigente. Pero lo determinante para activar la respuesta del Gobierno no puede ser la existencia o inexistencia de dicha declaración, entre otras razones porque dicha declaración nunca podría plasmarse en decisiones y actuaciones que infringieran las leyes del estado español. Es una declaración inane y hueca de momento.
La respuesta del Gobierno debió producirse hace tiempo. Más concretamente, después de los pronunciamientos del TC y de las sesiones del parlamento de cataluña aprobando las leyes de transitoriedad. En todo caso, antes del referéndum-trampa y, si o si, después del mismo. Sin embargo nada o casi nada se ha hecho, que no sea aceptar una y otra vez los guiños de Puigdemont.
El 155 puede todo lo necesario y suficiente
Sobre la respuesta de Puigdemont al requerimiento, no quiere dar un sí ni un no, entre otras cosas porque ni el mismo sabe el alcance de lo que manifestó ante el parlamento. Más concretamente, sabe que lo que dijo permite ambas lecturas y respuestas. Y, lo que hoy le interesa, es mantener esa ambiguedad equidistante para no provocar al gobierno y no perder el apoyo de las CUP.
El debate pues se centra en este momento en la aplicación por el Gobierno del manoseado artículo 155 de la CE. Y digo manoseado porque no existe un artículo en nuestras leyes más citado que ese pese a no haberse aplicado nunca desde su existencia hace cuarenta años. Y el debate estéril sobre dicho artículo es su alcance. ¿Suspensión de la Autonomia? ¿Disolución del Parlamento? ¿Cese del Gobierno catalán? ¿Convocatoria de elecciones? Y digo estéril porque el propio artículo señala que comprenderá “todo lo necesario” para restablecer la normalidad democrática de las instituciones. La única previsión a respetar para su aprobación por el Senado, es el detalle de las medidas y la duración de las mismas. Por lo demás, las medidas pueden ser todas las que se necesiten y, el plazo, el suficiente para revertir la ilegalidad que se quiere corregir. Parafraseando al presidente del BCE Mario Draghi, bien podría manifestar Rajoy que se propone, al amparo del artículo 155, adoptar todas las medidas necesarias y, créanme, serán suficientes.
Sr. Presidente Rajoy: ni la manifestación de un presunto delincuente puede ser la que determine la existencia de un delito, ni para el ejercicio de la autoridad puede bastar con mostrar el arma, sin intención de dispararla.
La DUI del 10-O admite las dos lecturas
AscoHastaLaNáusea