Globedia.com

×
×

Error de autenticación

Ha habido un problema a la hora de conectarse a la red social. Por favor intentalo de nuevo

Si el problema persiste, nos lo puedes decir AQUÍ

×
cross

Suscribete para recibir las noticias más relevantes

×
Recibir alertas

¿Quieres recibir una notificación por email cada vez que Teresa Da Cunha Lopes escriba una noticia?

Matrimonio igualitario, Falacias y Derecho

12/07/2017 20:10 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

La SCJN ha definido como criterio jurisprudencial la constitucionalidad del matrimonio igualitario. Sin embargo, una agenda reaccionaria y conservadora, continúa impugnando, desde las legislaturas estatales, reformas ineludibles

FALACIAS Y DERECHO

Por Teresa Da Cunha Lopes 

 

La SCJN ha definido como criterio jurisprudencial la constitucionalidad del matrimonio igualitario. Sin embargo, una agenda reaccionaria y conservadora, continúa impugnando reformas ineludibles en las legislaciones estatales en la materia . 

Hace un año teníamos este enfrentamiento en Michoacán, hoy es en Chiapa, entre un legislativo conservador y la Suprema Corte garantista.

Es increíble que en pleno siglo XXI, bajo el paradigma de los derechos fundamentales que se, "obligue" a la Corte, de nueva vuelta, a pronunciarse sobre un tema que ya está establecido como criterio jurisprudencial. Me refiero a la constitucionalidad del matrimonio igualitario y, si esta ha sido ya reconocida, solo puede interpretarse, como una consecuencia jurídica lógica, que cualquier redacción restrictiva inscrita en leyes secundarias tiene que ser objeto de una reforma legislativa, a nivel nacional y/o estatal.

Sin embargo, continúan a existir resistencias fuertes, movimientos que inclusive están posicionamos al interior de grupos parlamentarios en diversos congresos estatales . Así, que de nuevo, pienso que es menester, aclarar algunas falacias que se esgrimen como dogmas.

1.- La cuestión en debate en diversas entidades federativas ( el año pasado en Michoacán y hoy en Chiapas ) el cumplimiento por los Legislativos, de sentencias de amparo para reformar los artículos del Código familiar o del Código civil sobre el matrimonio, está basada en la construcción de grandes falacias y movida por una agenda conservadora. No en argumentos jurídico-constitucionales

2.- Parece ser que a algunos se les olvida que los estados, son parte integrante de México y que, por ende, los principios constitucionales bajo el paradigma del bloque de los derechos humanos (reforma 2011) y la jurisprudencia de la SCJN aplican sobre todo el territorio.

Así que mantener la redacción discriminatoria en los Código Familiar y/o Civil, bajo de un punto de vista jurídico, tiene la fuerza concreta de una "berrinchada". Esto, porque a partir de la declaración de su inconstitucionalidad por la SCJN, el (los ) artículos, en cualquier tipo de normatividad estatal que mantengan la restricción "entre hombre y mujer" CARECEN DE VALIDEZ JURÍDICA Y, POR LO TANTO NO PUEDEN SURTIR EFECTOS.

¿Que le resta, entonces, a la derecha conservadora ultamontana?. AGITAR la opinión pública, manipulándola a base de falacias que se hacen pasar por "derecho".

3.- Contrariamente a lo defendido por los sectores conservadores, reformar el texto de los Códigos Familiar y/ o Civiles NO TIENE ABSOLUTAMENTE NADA que ver con la "sanctidad de un sacramento", como se viene difundiendo en las redes y en los posicionamientos y manifiestos "oficiales" y extraoficiales,

YA QUE NO SE TRATA DE MODIFICAR el Derecho Canónico por el cual se rige la Iglesia de Roma y su definición interna de matrimonio. Se trata de la eliminación de una redacción discriminatoria de algunos artículos, que los invalida y los torna sin efectos, como lo vimos en el punto (2).

4.- Pero la negativa en llevar a cabo la reforma, que no tiene transcendental peso jurídico, SÍ ES UNA AFIRMACIÓN POLÍTICA CLARA DE QUE SE PREFIERE OPTAR POR UNA DEFENSA SIMBOLICA DE LA DOBLE DISCRIMINACIÓN, y transmitir a la sociedad la idea de que el discurso vergonzoso y bochornoso de la inequidad y la exclusión de minorías son aceptable.

Además de perpetuar la falacia de que un estado de derecho puede mantenerse con dos niveles de protección diversos: para los ciudadanos de primera y para los ciudadanos de segunda.

O sea, los legisladores, en la práctica ( aún que no estén conscientes de ello) están proponiendo que los principios del derecho son relativos y que se regrese a la aplicación de los mismos en base al status personal y no en base al criterio igualitario territorial . En lo concreto están abdicando de sus obligaciones para con la Constitución y la República para adoptar una posición externa al Estado y que es contraria al laicicismo.

5.-Contrariamente a lo difundido no existe un DOGMA de raíz cristiana que se plasme en una posición unánime entre las diversas ramas del cristianismo sobre la cuestión del matrimonio entre personas del mismo . La Iglesia episcopaliana, por ejemplo, tiene desde el 2009 una política de inclusión plena de la comunidad LBGT que fue complementada con un ritual provisorio de celebración de uniones matrimoniales en el 2012.

6 .- Finalmente, sobre los argumentos pseudo-cientificos citados por diversas fuentes, es interesante que algunos (ahora revisados en lenguaje moderno pseudo -científico) han servido a lo largo de los siglos para justificar los argumentos de exclusión del otro, del diferente, de las minorías:

a) primero para justificar el no reconocimiento de la naturaleza humana del indígena (¿se recuerdan de la polémica entre Ginés de Sepúlveda y Bartolomé de Las Casas?) ;

b) para no reconocer la igualdad jurídica (social, económica y política ) de la Mujer y

c) para prohibir durante siglos los matrimonios interraciales.

O sea, nada de nuevo en esta tentativa de manipulación de la opinión pública, sólo una suma de falacias para perpetuar en la sociedad, el mismo discurso de odio a la diferencia, de opresión del individuo y de exclusión discriminatoria que, basicamente, todos los países de primero mundo ( México incluido) han eliminado de sus principios constitucionales .

Http://mx.globedia.com/falacias-y-derecho

.


Sobre esta noticia

Autor:
Teresa Da Cunha Lopes (281 noticias)
Visitas:
5687
Tipo:
Opinión
Licencia:
Copyright autor
¿Problemas con esta noticia?
×
Denunciar esta noticia por

Denunciar

Comentarios

Aún no hay comentarios en esta noticia.