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El pasado viernes el Consejo de Ministros acordó prorrogar, durante al menos tres meses, la 'tarifa plana' de 100 euros en las cuotas de la Seguridad Social para aquellas empresas que realicen contratos de trabajo con carácter indefinido.
Esta "tarifa plana" es una reducción en las cotizaciones empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes por contratación indefinida y será aplicable desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo de 2015. Podrán beneficiarse de la misma tanto empresas como autónomos, siempre y cuando se comprometan a mantener el nivel de empleo un mínimo de 36 meses. No podrán acogerse a dicha ayuda si se hubieran realizado despidos disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes o despidos colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato. Además, las empresas que no mantengan el nivel de empleo total ni el nivel de empleo indefinido en los tres años siguientes al contrato, deberán reintegrar total o parcialmente las cantidades ahorradas.
Los contratos a tiempo parcial (con una jornada de al menos el 50 por ciento) también podrán beneficiarse de la reducción. La aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes se reducirá a 75 euros cuando la jornada de trabajo sea al menos equivalente al 75 por ciento de la jornada de un trabajador a tiempo completo; por el contrario, la tarifa se reducirá a 50 euros cuando la jornada de trabajo sea al menos equivalente al 50 por ciento de la jornada de un trabajador a tiempo completo.
En ningún caso esta reducción resultará compatible con otras bonificaciones de la Seguridad Social.