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Usaran firma electrónica para simplificar trámites en DF

04/11/2009 12:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

La Gaceta Oficial del Distrito Federal publicó la Ley de Firma Electrónica de la Ciudad de México que entrará en vigor el 1 de enero de 2010. El propósito es simplificar y hacer más accesible los actos y trámites internos o externos que generen los órganos ejecutivo, legislativo, judicial y autónomos locales. La ley establece que la firma electrónica es una herramienta que permitirá asociar directamente el contenido de los documentos con el firmante, a través de un dispositivo de verificación y una clave criptográfica privada y controlada por el mismo. La normatividad establece que la firma electrónica podrá aplicar no sólo a los archivos de texto en cualquier formato, sino también para materiales de audio y video que puedan ser enviados y recibidos a través de una computadora. Esto optimizará sustancialmente tiempos de respuesta de los órganos de gobierno capitalinos. Precisó que para la incorporación de dicha tecnología, los entes públicos capitalinos deberán aplicar y habilitar el uso de ésta en todos los documentos que generan, internos o externos, así como en los trámites y servicios que brinden a la ciudadanía. Asimismo, contarán con una Oficialía de Partes Electrónica que funcionará de acuerdo a la hora oficial mexicana, la cual asentará la fecha y hora en todos los documentos. El Gobierno del Distrito Federal, a través de su Secretaría de Desarrollo Económico, pretenderá fomentar entre el sector productivo y empresarial el uso de la firma electrónica para que la incorporen en todos sus procesos de operación. A su vez, la Contraloría General capitalina emitirá las disposiciones normativas para la incorporación de la firma electrónica en trámites y procedimientos que se llevan a cabo en la administración local. Priorizando los procesos internos y los relacionados a la atención de trámites y solicitudes de servicios que tengan mayor impacto entre la población. Las disposiciones de esta ley no modifican los ordenamientos legales, en materia de cualquier acto jurídico en el que sea requerida la firma autógrafa o rúbrica escrita sobre documento de papel y tendrán la misma validez legal. En este sentido, todo documento que tenga un medio de papel o firma autógrafa podrá ser habilitado para contar con un formato electrónico y será admisible como prueba documental en cualquier acto jurídico. Asimismo la firma digital será válida para los prestadores de servicios y para aquellas personas que estén dotadas de fe pública, como notarios y corredores públicos, a efecto de agilizar los trámites que sean demandados por la ciudadanía. Los usuarios tendrán la responsabilidad de prevenir cualquier alteración en el contenido de los documentos que emitan por tener el control exclusivo de los medios para insertar dicha firma, a fin de garantizar la integridad y autenticidad de los escritos. La legislación establece que los entes públicos deberán contar con una infraestructura segura de resguardo de documentos electrónicos oficiales, que permita su debida clasificación y disponibilidad. Ello en los términos de las leyes de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y de Archivos del Distrito Federal.


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